accesibilidad en edificios de uso privado

▷ Accesibilidad en edificios de uso privado

Normativa sobre Accesibilidad

El Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, fijó el 4 de diciembre de 2017 como fecha límite para que los edificios sean accesibles. La accesibilidad en edificios existentes con esta ley es obligatoria en las zonas comunes: garaje, trastero, jardin, etc.

La norma no sólo exige que facilitar la accesibilidad en las comunidades de propietarios deba cumplirse en las zonas comunes de la finca (portal, garajes, trasteros, jardines, salas de reunión, piscina, etc ) sino también en el acceso a la vivienda privada de las personas con discapacidad.

La administración podrá sancionar a la comunidad de propietarios en esta materia si no cumple la ley de accesibilidad en edificios de uso privado si no ejecuta las obras necesarias. El Consejo General de Colegios y Administradores de Fincas de España (CGCAFE) calcula que cerca del 75% de los edificios necesitan mejorar la accesibilidad. De modo que la mayor parte de las comunidades de propietarios deberían ir planificando y haciendo las obras precisas para cumplir con los requisitos de accesibilidad en el portal, trasteros, piscina, etc. La ley indica que eliminar las barreras arquitectónicas supondrá un esfuerzo económico a los propietarios, pero no podrá “una carga desproporcionada o indebida”.

La norma señala un límite: un máximo de 12 mensualidades de los gastos de comunidad –un vecino que pague una cuota mensual de 60 euros no podrá soportar una derrama superior a 720 euros–. El presupuesto dependerá de las soluciones que puedan aplicarse a cada caso.

Estas son las soluciones de accesibilidad más comunes:

Rampas de accesibilidad

La opción menos costosa, aunque sólo es factible cuando se trata de superar pequeños escalones, con inclinaciones reducidas. Las rampas de accesibilidad suelen ser la solución más habitual en los portales con unos pocos escalones.

Puertas automáticas para portales

La mejor solución para puertas de portales de comunidades.  Permite a los usuarios de silla de ruedas, y a aquellas personas con problemas de fuerza, que puedan abrir las puertas de entradas a los edificios. Se abre la puerta aproximando una llave y se cierra automáticamente la puerta del portal. Si detecta a una persona vuelve a abrir.

Es un sistema apertura de forma batiente. En este tipo de puertas correderas accesibles se puede configurar el tiempo para su cierre. Puede consultar precio sobre puertas automáticas para portales

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Sillas salvaescaleras

Un salvaescaleras es un dispositivo mecánico adaptado a la pared con un asiento que recorre un rail en paralelo a la escalera. Si desea conocer precios de salvaescaleras en Madrid puede contactarnos aquí, o si quiere más información, vaya a nuestra sección de salvaescaleras.

Plataformas salvaescaleras

Similar al anterior, salvo que en vez de un asiento, se emplea una plataforma para adaptar sillas de ruedas. Requiere más espacio y un mecanismo más potente, lo que hace que el presupuesto sea algo más elevado.

Elevadores verticales

Un sistema mecánico de engranajes (sin poleas) hace subir una plataforma en vertical para superar desniveles pronunciados pero cortos. Para sillas de ruedas o personas con movilidad reducida. Es la solución más cómoda para los usuarios, pero es más costosa.

Ascensores

El presupuesto necesario dependerá del número de pisos, aunque no suele bajar de los 75.000 euros. Los ayuntamientos y comunidades suelen conceder ayudas para su instalación.

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