Por otro lado, hay que tener en cuenta que gran parte de este parque inmobiliario está formado por edificios de obra antigua, los cuales deben adaptarse al CTE accesibilidad (Código Técnico de Edificación), para garantizar la accesibilidad en la comunidad de vecinos.
La Ley de la Propiedad Horizontal y la Accesibilidad
Sin duda, uno de los principales motivos por los que las comunidades de vecinos no han adelantado las adaptaciones pertinentes es el económico, y salta a la vista también que en parte es el desconocimiento de la normativa respecto a los derechos y obligaciones de los vecinos.El desconocimiento no se refiere solo a que la normativa que regula la accesibilidad en la comunidad de vecinos es de obligado cumplimiento, sino que existen subvenciones para rehabilitar las fincas con el fin de facilitar la adaptación.
Soluciones para la accesibilidad en la comunidad de vecinos
Adaptar un edificio a la normativa no se trata solo de la construcción de rampas, que en realidad es una modificación sencilla. Se trata de otras cosas, como la instalación de silla salvaescaleras, ascensores (en caso de edificios muy viejos que no los tengan) o de cómo automatizar una puerta de portales y ascensores, entre otras muchas.
Adaptar y optimizar la accesibilidad significa eliminar barreras arquitectónicas, que si bien pueden ser medidas relativamente complejas, son necesarias para aumentar la calidad de vida de los habitantes.
Cómo automatizar una puerta, ya sea de portal, de ascensor o de entrada a la casa es necesario para facilitar la accesibilidad en la comunidad de vecinos.
Cómo automatizar una puerta del portal, por ejemplo, significa una mejora notable para aquellas personas con capacidad reducida de movimientos, pues no necesitará ayuda para entrar o salir.
Este tipo de puertas incluyen un detector de movimiento que hace que se abran automáticamente, y pueden ser correderas o batientes, y ajustadas lógicamente a los parámetros de seguridad.
Optar por cómo automatizar una puerta de portal trae muchas ventajas: se abre con llave electrónica o mando a distancia, se integra estéticamente a la puerta, el montaje es sencillo, sin grandes obras o modificaciones e incluye seguridad con función anti aplastamiento.
En la medida de lo posible, cómo automatizar una puerta es una manera de eliminar una barrera arquitectónica (en este caso, puertas muy pesadas), que no significa un aumento en el coste energético, y ni siquiera cambiar la puerta; tan solo instalar el mecanismo.
Rampas de acceso para mejorar la Accesibilidad
Las rampas de obra son una de las primeras soluciones más fáciles de implantar, propuestas por el CTE accesibilidad SUA2. Por su durabilidad, bajo mantenimiento y universalidad, es una opción que muchos han puesto en funcionamiento.
Sin embargo, se deben construir de acuerdo con la normativa, que establece que no pueden superar una pendiente del 10 %. Por otro lado, no siempre la rampa es la mejor solución.
En los casos en que no se puede construir una rampa, hay que dirigir la mirada hacia otras soluciones, como pueden ser una silla salvaescaleras, plataformas salvaescaleras, ascensores verticales / residenciales o cómo automatizar una puerta, de portal o de ascensores.
Es cierto que para instalar una silla salvaescaleras no se necesita una gran remodelación, aunque sí se requiere cierta inversión. Es una mejora que aumenta la calidad de vida de las personas con movilidad reducida o mayores de 70 años.
Esta solución es rápida para instalar y bastante económica, y se recomienda para viviendas unifamiliares, aunque puede ser que en edificios donde sea virtualmente imposible construir rampas, plataformas salvaescaleras o ascensores, esta puede ser la solución indicada.
Por supuesto que hay que seguir un conjunto de requisitos referidos a las vías de evacuación del edificio, pero si se cumplen, instalar una silla salvaescaleras es fácil y no requiere de obras, solo tener cerca un punto de electricidad para su conexión.
Plataformas salvaescaleras
Ocupan poco espacio cuando no se utilizan (se pliegan contra la pared), y es una alternativa para superar barreras arquitectónicas relativamente pequeñas o desniveles, se pueden adaptar a tramos curvos y sirven para interior o exterior.
Soportan cómodamente el peso de una persona en silla de ruedas, pero también puede trasladarse una persona de pie.
Es una base que se conecta a un eje fijo y que permite subir y bajar a las personas que por cualquier causa no lo puedan hacer por las escaleras. Contribuye enormemente a la accesibilidad de la comunidad de vecinos.
Ascensores residenciales y verticales
Los ascensores residenciales están pensados para edificios de más de 3 pisos. La instalación requiere de obras y son costosas, pero resultan muy útiles para aquellas personas que por edad o enfermedad no puedan subir o bajar los niveles.
Por otra parte, los elevadores verticales se pueden instalar en los portales de los edificios residenciales con escaleras, o en edificios o centros comerciales; requieren de poca obra y sirven para personas en sillas de rueda y para mayores.
Cuándo se recomienda instalar soluciones para la accesibilidad en una comunidad de vecinos
En realidad, la medida legal mencionada al comienzo del artículo le da carácter obligatorio a la adaptación de edificios de obra antigua y a la incorporación de tales soluciones a los de obra nueva.
En cualquier caso, siempre hay que instalar aquellas medidas que hagan falta para asegurar la accesibilidad en una comunidad de vecinos. Y donde no las hay, basta que haya una sola persona mayor de 70 años o una minusválida para exigir a la comunidad de propietarios su instalación.
Quién asume los costes de obras de adaptación
Los costes referidos a la adaptación del edificio o vivienda son asumidos por los propietarios de la comunidad, siempre que no superen las 12 mensualidades de cuotas habituales, descontando las subvenciones que sean pertinentes.
Los propietarios aportarán sobre la base del coeficiente de la escritura de su vivienda, y cuando el coste de la obra sea superior –que igualmente requiere ser hecha–, los propietarios pagarán el equivalente a un año y el resto lo pagarán las personas interesadas.
Esto también puede (y debería ser) planteado en la junta de vecinos y aprobarse por mayoría simple.